CUT N°: 94950-2022
IMPUGNANTE: Agrileza S.A.C.
ORGANO: AAA Cañete - Fortaleza
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador- Aspectos Generales
SUMILLA: La infracción referida a usar el agua sin contar con el respectivo derecho otorgado por la Autoridad Nacional del Agua podrá ser calificada como leve, grave o muy grave, de acuerdo con la valoración de los criterios específicos previstos en el numeral 278.2 del artículo 278º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
El reconocimiento expreso de responsabilidad implica que el administrado admite haber cometido la infracción sin ningún tipo de condicionamiento, por tanto, cuando se pretende justificar la conducta con argumentos propios de un descargo, no configura la condición atenuante.