CUT N°: 105258-2022.
SOLICITANTES: Sucesión Intestada de Damián López Medina Sucesión Intestada de Enrique Fabio López Rivera.
ORGANO: ALA Chancay-Huaral.
MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.
SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de permiso de uso de agua.
SUMILLA: No procede la solicitud de extinción y otorgamiento de derechos de uso de agua cuando se pretenda acreditar la condición de propietario mediante actos de transferencia de derechos y acciones que no permitan identificar el predio con derecho de uso de agua primigenio.
MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.
SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.