R.D. Nº 193-2010-ANA-DARH
Declarar improcedente el recurso de Apelación interpuesto por Alfredo Elías Vargas en representación de la Empresa Agrícola Santa Lucía S.A. contra la Resolución Administrativa NO.093-2010-ANA-ALA ICA.
Declarar improcedente el recurso de Apelación interpuesto por Alfredo Elías Vargas en representación de la Empresa Agrícola Santa Lucía S.A. contra la Resolución Administrativa NO.093-2010-ANA-ALA ICA.
Otorgar autorización de ejecución de estudio para el aprovechamiento del recurso hídrico del rio Utcubamba con fines de generación de energía eléctrica a favor de ENERGORET INGENIEROS CONSULTORES E.I.R.Ltda.
Declarar de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N° 426-2009-ANA-ALA ICA, disponiéndose que la Administración Local de Agua Ica, emita nuevo acto administrativo.
Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por Susy Teodora Castro Colan, contra la Carta N° 001-2010/ALA BARRANCA, declarándose agotada la vía administrativa.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por José Castillo Torres contra la Carta N° 166-2009-ANA-ALACH.
Aprobar a favor de la COMPAÑIA HIDROELÉCTRICA TINGO S.A.C., a nivel definitivo estudio hidrológico que forma parte del Estudio de Aprovechamiento Hídirco del Proyecto Ampliación Central Hidroeléctrica Tingo, para la generación de energía eléctrica.
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, contra la Notificación Múltiple N° 005-2010-ANA-ALA-CHRL.
Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Salustiano Asmad Vergara, contra la Resolución Administrativa N°306-2009-ANA-ALA-MOCHE VIRU CHAO.
Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por Angela María Reyes Aranda, contra la Carta N° 002-2010/ALA BARRANCA,declarándose agotada la vía administrativa.
Declarar Fundado el recurso de Apelación interpuesto por la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado EPS EMAPICA S.A. contra la Resolución Administrativa N°368-2009-ANA-ALA ICA, expedido por la Administración Local de Agua Ica.
Declarar que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto a los pedido de nulidad formulados por Luis Vaca Mendoza y Bustos Lindo Ciro, presidente y vicepresidente del Comité de Regantes Toma II-Parón, contra la Resolución Administrativa N° 007-2010-ANA-ALA/HUARAZ.
Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por Elmer Rafael Silva, Carlos Morei Goicochea Marína, Luis Alberto Goicochea Gálvez y Elman Goicochea Gálvez contra la Resolución Administrativa N° 061-2009-ANA-ALA MOCHE VIRU CHAO.
Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por Ana Ruth Sánchez Manrique, contra la Carta N° 003-2010/ALA BARRANCA declarándose agotada la vía administrativa.l
Aprobar el Estudio de Aprovechamiento Hídrico con fines energéticos para la Central Hidroeléctrica Churo presentado por la empresa RC HYDRO S.A.C..
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Maribel Alice Mendoza Mendoza, contra la Resolución Administrativa N°797-2009-ANA/ALA.
Declarar la inhibición de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos para seguir conociendo el presente procedimiento administrativo sobre extinción de derecho de uso de agua y prórroga de derecho de uso de agua, promovido por la Autoridad Autónoma de Majes y Tarucani Generaling Company S.A.
Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Margarita Gutierrez Ramirez, Gladis Pozo Aquino y Pablo Marcelo Silva, contra la Resolución Administrativa N° 119/2009-ANA-ALA ALTO PIURA-HUANCABAMBA.
Prorrogar por dos (02) años adicionales, la vigencia de la autorización otorgada mediante Resoliución de Intendencia N°98-2007-INRENA-IRH, contados a partir del vencimiento de la misma, para la culminación de la ejecución de estudios para el aprovechamiento del recurso hídrico con fines de generación de energía eléctrica a favor de ASESORIA EMPRESARIAL CONTABLE Y FINANCIERA G&V S.A.C.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Agromar Zona Chasqui Cerro Moreno, contra la Resolución Administrativa N° 201-2009-ANA-ALA TACNA, declarándose agotada la vía administrativa.
Declarar IMPROCEDENTE, el recurso de apelación interpuesto por Pedro Uchuya Ramos, contra la Resolución Administrativa N° 034-2010-NA-ALA ICA, expedido por la Administración Local de Agua Ica.
Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por Lucy Esther Alvarado Verástegui contra la Resolución Administrativa N° 551-2008-ANA-ALA-J.
Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Provincial de Nasca contra la Resolución Administrativa Nº061-2010-ANA-ALA PALPA-NASCA de fecha 17-02-2010, expedida por la Administración Local de Agua Palpa-Nasca, declarándose la nulidad total de dicho acto administrativo.
Declara IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad, encausada como recurso de apelación presentada por la Comunidad Campesina de Morocolla, contra la Resolución Administrativa Nº049-2007-GRA-DRAA-INRENA-IRH/ATDRA.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Regantes Cochas Puquio Muque, contra la Resolución Administrativa N° 249-2008/AG-DR-Ancash/DRHz/AT.
Declarar que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto al recurso de apelación interpuesto por Hermes Víctor Pérez Medina, contra la Resolución Administrativa Nº075-2009-ANA- ALA PALPA-NASCA expedida por la Administración Local de Agua Palpa-Nasca
Autorizar a ELECTRICA SANTA ROSA S.A.C., la ejecución de las obras de aprovechamiento hídrido del Proyecto Central Hidroeléctrica Purmacana que se encuentran contempladas en el tramos del canal lateral D de la Irrigación Pativilca comprendido entre la coordenada UTM (PSAD 56) 8 813 613 mN y 214 453 mE que corresponde a la progresiva 6+915, tramo localizado en el distrito de Supe provincia de Barranca y departamento de Lima.
Otorgar a favor de la Empresa de Generación Electrica del Sur S.A. - EGESUR, autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento del recurso hídrico, con fines de generación de energía eléctrica, para el proyecto "Central Hidroeléctrica Aricota 3" ubicada en el distrito de Ilabaya, provincia de Jorge Basadre, departamento y región Tacna.
Declarar no haber mérito a emitir pronunciamiento respecto a la solicitud de nulidad, encausada como recurso de apelación, representada por Flora Lima S.A.C, en el extremo que solicita la nulidad del Oficio Nº1379-2009-ANA-ALA BARRANCA, debiendo estarse a lo ya resuelto en la Resolución Directoral Nº0105-2010-ANA-DARH.
Enmendar la Resolución Directoral Nº0118-2010-ANA-DARH, en el sentido que toda referencia al volúmen de agua otorgado, tanto en el artículo Nº4, así como en la parte considerativa de la precitada Resolución, debe entenderse como Quinientos mil trescientos cincuenta y seis metros cúbicos para la ejecución del Proyecto Central Hidroeléctrica Huanza.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de la nulidad, encausada como recursos de apelación presentada por Pascual Castrejón Carrasco, contral la Resolución Administrativa Nº466-2009-ANA-ALA-C.
Otorgar a favor de la EMPRESA DE GENERACIÓN ELECTRICA JUNIN S.A.C., autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento del recurso hídrico, con fines de generación de energía eléctrica para el desarrollo del proyecto "Centrales Hidróeléctricas: Comas Tisilpan Tulumayo I, II, III, IV y V, Canchapalca y Runatullo", el cual comprende la utilización de las aguas de los ríos Comas, Tisilpan, Canchapalca, Tulumayo, Runatullo, Carachuco y Quebrada Ichahuanca y que plantea la localización de la infraestructura del punto de captación y del punto de devolución.
Otorgar a favor de ENERSUR S.A., por un plazo de dos años, autorización de uso de agua para ejecución de obras con fines de generación de energía eléctrica para el proyecto Central Hidroeléctrica Quitaracsa I, ubicado en el distrito de Yuramarca, provincia de Huaylas, departamento y región Ancash; con arreglo a las características detalladas en los literales a, b y c, del quinto considerando de la presente resolución.
Otorgar, por única vez, a favor de ENERSUR S.A., ampliación por el plazo adicional de dos años, de autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento del recurso hídrico con fines de generación de energía eléctrica, para el proyecto Central Hidroeléctrica Quitaracsa II, ubicado en el distrito de Yuracmarca, provincia de Huaylas, departamento de Ancash
Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por José Sentón Sanjinés contra la Resolución Administrativa Nº 494-2009-ANA/ALA-CH de fecha 30-12-2009, expedida por la Administración Local de Agua Chili.
Prorrogar, a favor de la Empresa de Generación Cheves S.A., hasta el 28 de diciembre de 2014, la vigencia del plazo establecido mediante Resolución de Intendencia Nº 746-2008-INRENA-IRH, para la ejecución de obras para aprovechamiento hídrico con fines de generación de energía eléctrica del proyecto Hidroeléctrico Cheves para la futura Central Hidroeléctrica Cheves I.
Declarar INFUNDADA la solicitud de nulidad, adecuada a un recurso de apelación presentada por Luis Gonsaga Portocarrero Fernández y Dolinda Isabel Fernández Acosta, contra la Resolución Administrativa Nº009-2009-ANA-ALA ALTO MAYO
Declarar Infundado el recurso de apelación interpuesto por Olga Eduvina Torres Reyes de Pisconte contra la Resolución Administrativa Nº 094/2009-ANA-ALACH.P de fecha 15-05-2009; la cual se confirma en todos sus extremos, debiendo la Administración Local de Agua Chincha Pisco proseguir con su ejecución, en sus propios términos; agotándose la vía administrativa.
Otorgar a favor de la empresa ARUNTANI S.A.C., autorización de ejecución de estudios para el aprovechamiento del recurso hídrico, con fines de generación de energía eléctrica, para el desarrollo del Proyecto Central Hidroeléctrica Salkantay.
Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por la Comisión de Regantes La Cano, contra el Oficio Nº563-2010-ANA-ALA-CH, el cual se declara nulo e insubsistente, dejándolo sin efecto legal alguno.
Declarar IMPROCEDENTE, por extemporáneo, el recurso de apelación presentado por Gladys Medina de Cruz, Albina Llerena de Serrano y Fernando Andía Concha, en representación de la Comisión de Regantes Iray, contra la Resolución Administrativa Nº 0302-2009-ANA/ALA-CM.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por María Luisa Abanto Carrera y Eduardo Villegas Ramírez, contra la resolución ficta de la Administración Local de Agua Jequetepeque, que deniega reponerle su dotación de agua.
Disponer el cambio de titularidad de la autorización de ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico, otorgada a favor de CONEXCON E.I.R.L., mediante Resolución Directoral Nº 0027-2010-ANA-DARH, debiéndose entenderse que, en adelante, el titular de dicha autorización, para todos los efectos, es "HIDRO CONSUL CHANKAS S.A.C.", dejándola subsistente en todo lo demás que contiene.
Otorgar por única vez a favor de la empresa ALLGEMEINEN INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES S.A.C. ampliación por el plazo adicional de un año de ejecución de estudios para el aprovechamiento del recurso hídrico con fines de generación de energía eléctrica, para el desarrollo del proyecto Central Hidroeléctrica de Rapay, el cual plantea aprovechar las aguas del río Rapay en el tramo comprendido entre las coordenadas UTM (PSAD-56) 8 850 500mN y 276 700mE, como probable punto de captación y la coordenada UTM (PSAD-56) 8 848 400mN y 273 900mE, como probable punto de retorno de las aguas al cauce natural del referido río; políticamente ubicado en el distrito de Copa, provincia de Cajatambo, departamento y región Lima.
Declarar, de Oficio, la nulidad e insubsistencia de la Notificación Nº 067-2009-ANA-ALACH-L y de todo lo actuado en estos autos, a excepción de la diligencia de Inspección Ocular, debiéndose instruir el procedimiento sancionador, con arreglo a lo expresado en el octavo considerando de la presente resolución.
Declarar FUNDADO, en parte, el recurso de apelación interpuesto por Paulo Villanueva Serrano, contra la Resolución Administrativa Nº 009-2010-ANA-ALA.TACNA, y 009-2010-ANA-ALA.TACNA e, INFUNDADO, en el extremo que pide la nulidad de la Resolución Administrativa Nº 134-2009-ANA-ALA.TACNA, dejándola subsistente.
Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por el Proyecto Especial Chavimochic, en consecuencia, nula e insubsistente la Resolución Administrativa Nº 168-2008-GRLL-GRA/ATDRMVCH.
Aprobar, a favor de PARROQUIA DE CHACAS, el estudio hidrológico a nivel definitivo del Proyecto Central Hidroeléctrica Huallin I, que forma parte del "Estudio de Aprovechamiento del Recurso Hídrico de las Quebradas Potaca y Vesubio
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por Lidio Antonio Garay Salcedo, contra la Resolución Administrativa Nº 0278-2009-ANA-ALA-AH.
Declarar Fundado el recurso de Apelación interpuesto por Hilda Carhuayo Bravo, contra la Resolución Administrativa Nº 041-2010-ANA-ALA ICA, expedido por la Administración Local de Agua Ica, dejándola sin efecto legal alguno.
Declarar Fundado el recurso de reconsideración interpuesto por ENERSUR S.A. contra la Resolución Directoral Nº 0058-2009-ANAA-DARH de fecha 22-07-2009; la cual deja sin efecto en todos sus extremos.