CUT N°: 177476-2022.
SOLICITANTE: Comisión de Usuarios del Distrito de Huac-Huas.
ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.
MATERIA: Procedimiento administrativo general.
SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.
SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo no procede cuando transcurre 1 año desde que dicho acto quedó consentido, conforme a la normativa entonces vigente. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.
MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en la fecha de emisión del acto administrativo).
SENTIDO: No haber mérito.