171 - 180 Normativas de 11425
R.TNRCH. Nº 0225-2025-ANA

CUT: 100910-2021.

SOLICITANTE: Jhon Yin Peve Castillón.

ÓRGANO: ALA Pisco.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Pérdida de competencia.

SUMILLA: No corresponde a este Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas emitir pronunciamiento sobre una solicitud de nulidad que ha sido judicializada.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú y artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SENTIDO: Carece de objeto.

Fecha de resolución: Jueves, 13 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0224-2025-ANA

CUT: 130805-2024.

IMPUGNANTE: ARA FOODS INDUSTRY S.A.C.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Principio de Razonabilidad.

SUMILLA: En virtud del Principio de Razonabilidad, la sanción de multa se reformula teniendo en cuenta las circunstancias en que se cometió la infracción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal a) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley, y la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 022- 2016-MINAGRI.

SENTIDO: Fundado en parte.

Fecha de resolución: Jueves, 13 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0223-2025-ANA

CUT: 1512-2024.

IMPUGNANTE: EPSEL S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: Las infracciones de peligro como el uso de un canal para fines distintos a los programados, no requieren la acreditación de contaminación o deterioro de la infraestructura.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Martes, 11 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0222-2025-ANA

CUT: 33242-2024.

ADMINISTRADO: Minera Mirubi S.A.C.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos.

SUBMATERIA: Notificación.

SUMILLA: La falta de notificación válida del inicio del procedimiento ocasiona la nulidad de lo actuado en el mismo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 26.1 del artículo 26º del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio y retrotraer.

Fecha de resolución: Martes, 11 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0221-2025-ANA

CUT: 177671-2023.

IMPUGNANTE: Oscar Bernaola Rincón.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: La infracción por efectuar vertimiento de aguas residuales, se configura por no contar con una autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Martes, 11 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0220-2025-ANA

CUT: 145484-2024.

IMPUGNANTE: Atanacio Simón Flores.

ÓRGANO: ALA Grande.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La norma especial de formalización exceptúa la presentación del instrumento de gestión ambiental para cultivos agrícolas de una extensión máxima de 10 hectáreas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 7.3 del Artículo 7° del Decreto Supremo Nº 001-2024-MINAGRI

SENTIDO: Fundado, nulo, retrotraer.

Fecha de resolución: Martes, 11 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0219-2025-ANA

CUT: 215580-2023.

IMPUGNANTE: SEDAPAL.

ÓRGANO:  AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Agua subterránea.

SUMILLA: Corresponde devolver el expediente cuando la autoridad no ha resuelto el recurso de reconsideración interpuesto en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 219° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Devolver el expediente.

Fecha de resolución: Martes, 11 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0218-2025-ANA

CUT: 127403-2021.

IMPUGNANTE: Stanley Yusepyy Chirinos Araujo.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo que declara improcedente por extemporáneo un recurso de reconsideración cuando ha sido presentado dentro del plazo de ley.

MARCO NORMATIVO: Subnumerales 1.2 y 1.11 del numeral 1 del artículo IV y numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nula y reposición.

Fecha de resolución: Martes, 11 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0217-2025-ANA

CUT: 49614-2024.

IMPUGNANTE: Fuerza Aérea del Perú - Grupo Aéreo N° 07.

ÓRGANO:  AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Cuando el administrado presenta en segunda instancia un documento relacionado con la certificación ambiental del proyecto, amerita que la autoridad emita un nuevo pronunciamiento respecto de su solicitud. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 79.1 del artículo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 84.1 del artículo 84º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y, literal d) del numeral 16.2 del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Fundado y reponer.

Fecha de resolución: Martes, 11 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0216-2025-ANA

CUT: 61091-2024.

IMPUGNANTE: Empresa de Servicios Educativos Nuestra Señora de la Merced S.C.R.L.

ÓRGANO:  AAA Madre de Dios.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador -Recursos hídrico.

SUBMATERIA: Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso.

SUMILLA: El reconocimiento de responsabilidad debe ser expreso, por lo que no se configura cuando el administrado formula alegaciones en contrario.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Lunes, 10 Marzo 2025
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