341 - 350 Normativas de 11425
R.TNRCH. Nº 0055-2025-ANA

CUT: 54385-2023.

SOLICITANTE: Agencia Municipal Caserío Almendras y otros.

ÓRGANO: Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos.

MATERIA: Autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas.

SUBMATERIA: Autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas.

SUMILLA: No corresponde declarar la nulidad de una autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas, cuando se han cumplido los requisitos para su otorgamiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 137° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 20° y 25° del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Jueves, 23 Enero 2025
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R.TNRCH. Nº 0054-2025-ANA

CUT: 115255-2024.

IMPUGNANTE: Nexa Resources Cajamarquilla S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Principio del Debido Procedimiento.

SUMILLA: La retribución económica por el uso del agua subterránea en el recibo único se sustenta en el volumen reportado por el operador. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 6.1 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo 1185, que regula el Régimen Especial de Monitoreo y Gestión del Agua Subterránea a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Resolución Jefatural Nº 1152021-ANA que aprueban las Disposiciones que regulan la forma y plazos en que los usuarios abonan las retribuciones económicas por el uso del agua y por vertimiento de agua residual tratada y Reglamento del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Empresas Prestadoras de Servicios de
Saneamiento habilitadas como Operadoras del Servicio, aprobado con la Resolución de Consejo Directivo Nº 0572017-SUNASS-CD.

SENTIDO: Fundado, nulo e improcedente.

Fecha de resolución: Jueves, 23 Enero 2025
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R.TNRCH. Nº 0053-2025-ANA

CUT: 142567-2024.

IMPUGNANTE: Nexa Resources Cajamarquilla S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Principio del Debido Procedimiento.

SUMILLA: La retribución económica por el uso de agua subterránea en el recibo único se sustenta en el volumen reportado por el operador, no por declaraciones juradas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6.1 del artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo 1185, que regula el Régimen Especial de Monitoreo y Gestión del Agua Subterránea a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Resolución Jefatural Nº 115 2021-ANA, que aprueban las Disposiciones que regulan la forma y plazos en que los usuarios abonan las retribuciones económicas por el uso del agua y por vertimiento de agua residual tratada y Reglamento del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento habilitadas como Operadoras del Servicio, aprobado con la Resolución de Consejo Directivo Nº 057-2017-SUNASS-CD.

SENTIDO: Fundado, nulo e improcedente.

Fecha de resolución: Jueves, 23 Enero 2025
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R.TNRCH. Nº 0052-2025-ANA

CUT: 115223-2024.

IMPUGNANTE: Nexa Resources Cajamarquilla S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Principio del Debido Procedimiento.

SUMILLA: La retribución económica por el uso de agua subterránea en el recibo único se sustenta en el volumen reportado por el operador, no por declaraciones juradas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6.1 del artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo 1185, que regula el Régimen Especial de Monitoreo y Gestión del Agua Subterránea a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Resolución Jefatural Nº 115 2021-ANA, que aprueban las Disposiciones que regulan la forma y plazos en que los usuarios abonan las retribuciones económicas por el uso del agua y por vertimiento de agua residual tratada y Reglamento del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento habilitadas como Operadoras del Servicio, aprobado con la Resolución de Consejo Directivo Nº 057-2017-SUNASS-CD.

SENTIDO: Fundado, nulo e improcedente.

Fecha de resolución: Jueves, 23 Enero 2025
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R.TNRCH. Nº 0051-2025-ANA

CUT: 142568-2024.

IMPUGNANTE: Nexa Resources Cajamarquilla S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Principio del Debido Procedimiento.

SUMILLA: La retribución económica por el uso de agua subterránea en el recibo único se sustenta en el volumen reportado por el operador, no por declaraciones juradas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6.1 del artículo 6º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo 1185, que regula el Régimen Especial de Monitoreo y Gestión del Agua Subterránea a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, Resolución Jefatural Nº 115 2021-ANA, que aprueban las Disposiciones que regulan la forma y plazos en que los usuarios abonan las retribuciones económicas por el uso del agua y por vertimiento de agua residual tratada y Reglamento del Servicio de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento habilitadas como Operadoras del Servicio, aprobado con la Resolución de Consejo Directivo Nº 057-2017-SUNASS-CD.

SENTIDO: Fundado, nulo e improcedente.

Fecha de resolución: Jueves, 23 Enero 2025
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R.TNRCH. Nº 0050-2025-ANA

CUT: 163802-2023.

IMPUGNANTE: María Rafaela Honores Chonón.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho Ejecutar obras sin autorización.

SUMILLA: El reconocimiento expreso de la responsabilidad constituye una condición atenuante, por lo que, justifica la disminución de la multa.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal a) y b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y literal a del numeral 2 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado en parte.

Fecha de resolución: Jueves, 23 Enero 2025
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R.TNRCH. Nº 0049-2025-ANA

CUT: 170165-2023.

IMPUGNANTE: Johnny Mario Espinoza Medina.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador- Aspectos generales.

SUBMATERIA: Debido Procedimiento.

SUMILLA: Es nula la resolución cuando se sanciona al administrado por dañar la infraestructura hidráulica pública sin haber verificado qué tipo de daño se ha producido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar y numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y reposición.

Fecha de resolución: Jueves, 23 Enero 2025
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R.TNRCH. Nº 0048-2025-ANA

CUT: 34406-2023.

IMPUGNANTE:: Manuel Amílcar Salazar Ocola.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es nula la resolución que desestima la acreditación de disponibilidad hídrica sin haber realizado el balance hídrico que considere los derechos de uso de agua vigentes y las demandas requeridas.

MARCO NORMATIVO: Inciso 1.2 del numeral 1 del Artículo IV del Título Preliminar del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 198.2 del artículo 198º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y retrotraer.

Fecha de resolución: Jueves, 23 Enero 2025
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R.TNRCH. Nº 0047-2025-ANA

CUT: 18210-2023

IMPUGNANTES: Manuel Enrique Juárez Pulache y otros.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: : Nulidad de acto administrativo.

SUBMATERIA: Competencia.

SUMILLA: Es competencia de las administraciones locales de agua la atención y resolución de las solicitudes de extinción y otorgamiento de licencias de uso de agua por cambio de titular.

MARCO NORMATIVO: Numerales 23.7 y 23.8 del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”, literal k) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 022-2016-MINAGRI; y, numeral 2.2 del artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 021-2017-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reponer.

Fecha de resolución: Jueves, 23 Enero 2025
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R.TNRCH. Nº 0046-2025-ANA

CUT: 17326-2024

IMPUGNANTE: Asociación Proyecto Irrigación Ampliación Zamacola.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca.

SUMILLA: Es improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando no es compatible con el Plan de Gestión de Recursos Hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 32.2 del artículo 32° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 39° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Jueves, 23 Enero 2025
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