CUT: 205427-2024.
SOLICITANTE: Comité de regantes Manante Yanamaycucho.
ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.
SUMILLA: No existe afectación a terceros cuando la acreditación se otorga en una fuente distinta de aquella respecto a la cual se otorgó un derecho.
MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 80 y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 12º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.
SENTIDO: No haber mérito.