CUT: 93221-2024.
IMPUGNANTE: Odón Arana Ramos.
ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.
MATERIA: Procedimiento administrativo general.
SUBMATERIA: Agotamiento de la vía administrativa.
SUMILLA: Los pronunciamientos del tribunal no son objeto de recursos administrativos, salvo la excepción prevista en el artículo 213.2 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 23.1. del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas y numeral 213.2 del artículo 213º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Improcedente.