21 - 30 Normativas de 11425
R.TNRCH. Nº 0375-2025-ANA

CUT: 108190-2023.

IMPUGNANTE: Empresa Prestadora de Servicios Rioja S.A. - EPS Rioja S.A..

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: Las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento que realizan vertimientos sin autorización, y que no cuentan con RUPAP, son responsables de la infracción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 11 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0374-2025-ANA

CUT: 28004-2024.

ADMINISTRADO: Wilson Rolando Santos Castro.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de uso de agua.

SUMILLA: El derecho de uso de agua extinguido no puede ser objeto de un nuevo procedimiento de extinción y otorgamiento de licencia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 2 del artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de resolución: Viernes, 11 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0373-2025-ANA

CUT: 208267-2023.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Sama.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La disponibilidad hídrica puede sustentarse en recursos hídricos que han sido revertidos al Estado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 80º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, y el artículo 13º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 11 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0372-2025-ANA

CUT: 266992-2023.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Sama.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La disponibilidad hídrica puede sustentarse en recursos hídricos que han sido revertidos al Estado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 80º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, y el artículo 13º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 11 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0371-2025-ANA

CUT: 265683-2024.

SOLICITANTE: Comité de Usuarios Canal Huilqui Tincocc.

ÓRGANO: ALA Grande.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Es improcedente la queja por defecto de tramitación cuando se trata de actuaciones previas al inicio de un procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Viernes, 11 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0370-2025-ANA

CUT: 53933-2025.

SOLICITANTE: Fundo San Luis S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra – Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del procedimiento, sin emitir pronunciamiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundada.

Fecha de resolución: Viernes, 11 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0369-2025-ANA

CUT: 49793-2025.

SOLICITANTE: Marco Antonio Segura Márquez.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja por defecto de tramitación, por regla general, se aplica en procedimientos administrativos a instancia de parte.

MARCO NORMATIVO: Artículos 116° y 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Viernes, 11 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0368-2025-ANA

CUT: 184598-2022.

IMPUGNANTE: Pedro Alfonzo Jara Chileno.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de resolución: Viernes, 11 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0367-2025-ANA

CUT: 228698-2019.

IMPUGNANTE: Santos Selestino Chambe Pihuaycho y otros.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización de uso del agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua hasta el 31.12.2014.

MARCO NORMATIVO: Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.

SENTIDO: Infundados

Fecha de resolución: Viernes, 11 Abril 2025
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R.TNRCH. Nº 0366-2025-ANA

CUT: 101192-2024.

SOLICITANTE: Usuarios del manantial Phojtiri de la jurisdicción de la Comisión de Regantes Faruyo Cuipacuipa y la Comisión de Defensa de los Recursos Naturales Comunidad Indígena de Chichichillapi.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Cuando la resolución de otorgamiento de derecho de uso de agua no contiene las características mínimas, este Tribunal reservará su pronunciamiento hasta que se incorpore la información técnica faltante.

MARCO NORMATIVO: Artículo 70° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 22 del artículo 22° del Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de usos de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N°007-2015 –ANA, Directiva General N° 011-2013-ANA-J-DARH y Resolución N° 190-2014-ANA/TNRCH.

SENTIDO: Reservar el pronunciamiento.

Fecha de resolución: Viernes, 11 Abril 2025
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