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R.TNRCH. Nº 0275-2025-ANA

CUT: 199918-2023.

IMPUGNANTE: Enrique Medina García.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: - Dañar u obstruir los cauces. - Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.

SUMILLA: Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ejecución de obras y la ocupación sin autorización constituyen infracciones sancionables.

MARCO NORMATIVO: Literales b) y f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 26 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0274-2025-ANA

CUT: 276237-2023.

IMPUGNANTE: Jacinto Vicente Canchanya Piceros.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: El uso del agua para fines turísticos extraída mediante tuberías no constituye un uso primario.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277º de su reglamento. 

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 26 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0273-2025-ANA

CUT: 257871-2023.

IMPUGNANTE: Eulogio Ccolqque Huallpa.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: El uso primario del agua no contempla la ejecución de obras de perforación de un pozo sin autorización, por lo que constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 26 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0272-2025-ANA

CUT: 224593-2023.

IMPUGNANTE: Empresa Administradora Cerro S.A.C

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Contaminación de fuentes naturales.

SUMILLA: Cuando se acredita que la descarga de una empresa impacta en un cuerpo de agua superando los estándares de calidad ambiental vigentes, se configura la infracción por contaminación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 8 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal c del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. 

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 21 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0271-2025-ANA

CUT: 265864-2023.

IMPUGNANTE: Carlos Alberto Aquino Gonzales Centeno Torrez.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Faja marginal.

SUBMATERIA: Modificación.

SUMILLA: La modificación de la faja marginal debe estar sustentada en un estudio técnico de acuerdo con la metodología aprobada por la autoridad.

MARCO NORMATIVO: Artículo 14° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 21 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0270-2025-ANA

CUT: 58955-2022.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Torata.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la  Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio. 

Fecha de resolución: Viernes, 21 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0269-2025-ANA

CUT: 73183-2021.

IMPUGNANTE: Agroindustrias Casablanca S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado. 

Fecha de resolución: Viernes, 21 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0268-2025-ANA

CUT: 12247-2019.

SOLICITANTE: Marily Cruz Cruz.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo, cuando se interpone después de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente. 

Fecha de resolución: Viernes, 21 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0267-2025-ANA

CUT: 100383-2024.

SOLICITANTE: Alberto Andrés Mamani Mina.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo, cuando se interpone después de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente. 

Fecha de resolución: Viernes, 21 Marzo 2025
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R.TNRCH. Nº 0266-2025-ANA

CUT: 100393-2024.

SOLICITANTE: Javier Ccopa Mollocondo.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo, cuando se interpone después de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.  

Fecha de resolución: Viernes, 21 Marzo 2025
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