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R.TNRCH. Nº 0465-2025-ANA

CUT: 178704-2023.

IMPUGNANTE: Ruperto Días Sihui y Claudia Herminia Diaz Medina.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: El certificado de posesión otorgado por la comunidad, entendido como documento que contiene una cesión posesoria, no implica una mera constancia, sino el título de posesión legítima que se requiere en el procedimiento de autorización de ejecución de obras.

MARCO NORMATIVO: El numeral 4 del artículo 3° y numeral 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del procedimiento Administrativo General y literales b), c) y f) del numeral 16.2 del artículo 16° del del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2025-ANA.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de resolución: Miércoles, 07 Mayo 2025
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R.TNRCH. Nº 0464-2025-ANA

CUT: 60485-2024.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios del Río Olos Juan Tiquilihuanca.

ÓRGANO: ALA Motupe-Olmos-La Leche.

MATERIA: Organizaciones de usuarios de agua.

SUBMATERIA: Reconocimiento de Comités de Usuarios.

SUMILLA: Si bien la opinión de la Junta de Usuarios no es vinculante, sin embargo, sí constituye medio probatorio susceptible de valoración, por lo que, en este caso, el informe que noticia la ausencia de infraestructura determina que no pueda reconocerse el comité..

MARCO NORMATIVO: Artículo 30° de la Ley de Recursos Hídricos y Artículo 62° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 07 Mayo 2025
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R.TNRCH. Nº 0463-2025-ANA

CUT: 210629-2018.

IMPUGNANTE: Leoncio Chaupe Lozano

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: No corresponde declarar el abandono cuando el procedimiento administrativo es de oficio.

MARCO NORMATIVO: Artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nula y reposición.

Fecha de resolución: Miércoles, 07 Mayo 2025
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R.TNRCH. Nº 0462-2025-ANA

CUT: 55656-2025.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 07 Mayo 2025
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R.TNRCH. Nº 0461-2025-ANA

CUT: 21277-2025.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 07 Mayo 2025
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R.TNRCH. Nº 0460-2025-ANA

CUT: 62962-2024.

IMPUGNANTE: Melquiades Mamani Mamani.

ÓRGANO: ALA Chili.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Aguas de retorno, drenaje o filtraciones.

SUMILLA: Las constataciones notariales no pueden acreditar antigüedad posesoria ni que la posesión sea legítima.

MARCO NORMATIVO: Artículos 59° y 60° de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 88° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 35° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 07 Mayo 2025
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R.TNRCH. Nº 0459-2025-ANA

CUT: 154551-2024.

SOLICITANTE: Misael Laura Huarancca.

ÓRGANO: ALA Huancavelica.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Reconocimiento de comité de usuarios.

SUMILLA: No corresponde declarar la nulidad de oficio de un acto administrativo que no adolece de vicios, ni agravia el interés público o lesiona de derechos fundamentales.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Miércoles, 07 Mayo 2025
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R.TNRCH. Nº 0458-2025-ANA

CUT: 203685-2022.

SOLICITANTE: Vidal Simión Ramos Mamani.

ÓRGANO: ALA Moquegua.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Agotamiento de la vía administrativa.

SUMILLA: Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas agotan la vía administrativa y solo pueden ser cuestionadas en la vía judicial.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y, numeral 23.1. del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: No ha lugar.

Fecha de resolución: Miércoles, 07 Mayo 2025
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R.TNRCH. Nº 0457-2025-ANA

CUT: 59396-2024.

IMPUGNANTE: Universidad de Lima.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Es nula la resolución emitida por un funcionario que carece de competencia por haberse aprobado su abstención.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulo, disponer, carece de objeto.

Fecha de resolución: Miércoles, 07 Mayo 2025
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R.TNRCH. Nº 0456-2025-ANA

CUT: 114759-2022.

IMPUGNANTE: Victoriana Basilia Mayta de la Cruz.

ÓRGANO: ALA Mala – Omas - Cañete.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurren 2 años desde que dicho acto quedó consentido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reponer.

Fecha de resolución: Miércoles, 07 Mayo 2025
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